El tapabocas será de uso obligatorio en San Lorenzo

El uso del barbijo o tapabocas es a partir de ahora obligatorio para todas las actividades y para la circulación por la ciudad de San Lorenzo, merced a una norma sancionada el lunes por el Concejo Municipal y promulgada al día siguiente por la Intendencia.
Los concejales sanlorencinos aprobaron por unanimidad la norma que establece la utilización obligatoria de este sistema de protección, incluso adentro de los vehículos particulares aunque en éstos se desplace una sola persona.
Hasta el momento, la ordenanza N 3.931 que adhería al decreto provincial 347 establecía que el tapabocas era exigible sólo en comercios, oficinas de atención al público, oficinas de organismos oficiales, entidades financieras, transporte público de pasajeros y entrega de mercadería a domicilio.
El concejal Gustavo Oggero, autor de la nueva ordenanza que viene a reemplazar a aquella norma, explicó a La Capital que hasta el momento el tapabocas era obligatorio para una serie de actividades y sólo “recomendado” para el resto y para la población en general.
“La flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio nos puso ante una nueva disyuntiva, que fue la de garantizar las medidas de prevención en la vía pública y en situaciones en las que hasta el momento los controles eran más laxos”, dijo.
“Hay muchos trabajos a nivel mundial que plantean la necesidad de utilizar el barbijo en actividades cotidianas, incluso en la vía pública, sin perjuicio del resto de las indicaciones pertinentes para garantizar una adecuada profilaxis”, manifestó.
“El uso del barbijo o tapabocas es una medida complementaria a muchas que deben adoptarse para prevenir el contagio y propagación del virus”, abundó.
Oggero advirtió que, según la norma, el uso del tapabocas será obligatorio “incluso adentro de los vehículos particulares, porque si un automovilista es detenido para una verificación, tiene que tener a mano una protección para poder comunicarse con los agentes”. Y ni hablar si hay más de una persona en el vehículo, donde no se pueden respetar las medidas de distanciamiento.
El concejal admitió que lo aprobado no viene más que a dar un marco normativo a algo que en general la población venía cumpliendo. “La gente cumple y respeta, más allá de todo lo que esta cuarentena impacta en sus finanzas y en su vida. Aquí la idea es poner un poco más de énfasis, porque al haber más movilidad de personas, mayor es la potencial circulación del virus”
“Esto no viene más que reafirmar con letra normativa lo que ya viene siendo casi usos y costumbres, sin antecedentes, pero usos y costumbres al fin”, agregó.
La norma establece que “la utilización de tapabocas o barbijos por parte de toda la población es una medida eficiente a fin de disminuir la libre circulación viral, especialmente proveniente de aquellas personas que se encuentren cursando la enfermedad de forma asintomática.
Además, establece que “su fabricación debe ser casera, con elementos lavables y reutilizables”. El incumplimiento de la ordenanza será pasible de sanciones, establecidas ya por el Código de Faltas para el caso de quien ponga en riesgo la salud pública o realice acciones que promuevan la transmisión de la enfermedad.
El inspector labrará un acta si se trata de un negocio, y en caso de reincidencia las puniciones serán progresivas hasta la clausura del local. Por supuesto, quienes aprobaron la iniciativa saben que habrá muchos casos cuya resolución será “in situ” y no tan grave, sobre todo porque los agentes municipales no tienen el poder de llevar adelante acciones punitivas efectivas e inmediatas.
Oggero advirtió que si bien San Lorenzo es una de las primeras ciudades en convertir en norma esta obligación, hubo otras, como San Genaro, que “picaron en punta” a la hora de endurecer las exigencias