Senadores analizan en comisión proyectos de renegociación de créditos hipotecarios UVA.

Los miembros de la comisión que conduce la senadora radical Silvia Elías de Pérez discutirán desde las 14 sendas iniciativas presentadas por sus pares Julio Cobos y Mario Fiad, del interbloque de Juntos por el Cambio.

La comisión de Economía Nacional e Inversión del Senado debatirá esta tarde dos proyectos de ley que establecen la renegociación de los contratos para créditos hipotecarios de vivienda única otorgados en Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) y regulan las operaciones en esos sistemas de préstamos.

Mediante el sistema de videoconferencia, los miembros de la comisión que conduce la senadora radical Silvia Elías de Pérez discutirán desde las 14 sendas iniciativas presentadas por sus pares Julio Cobos y Mario Fiad, del interbloque de Juntos por el Cambio.

El primero de los textos prevé que las entidades financieras ofrezcan la posibilidad de renegociación de contratos de créditos para la adquisición, construcción o ampliación de vivienda única, con cláusula de ajuste en UVA.

También propone que se suspendan las ejecuciones hipotecarias y los desalojos para los créditos hipotecarios en UVA para vivienda única familiar por el término de un año.

El primero de los textos prevé que las entidades financieras ofrezcan la posibilidad de renegociación de contratos de créditos para la adquisición, construcción o ampliación de vivienda única, con cláusula de ajuste en UVA

El segundo de los proyectos, de autoría del senador Fiad, busca la regulación de las operaciones enmarcadas en los sistemas de créditos con capital ajustable UVA y UVI (Unidad de Vivienda) previstas en las leyes 25.827 y 27.271 y propone que las actualizaciones se realicen mediante la aplicación del índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) suministrado por el Ministerio de Trabajo.

También indica que la cuota mensual resultante no debe exceder el 35% del ingreso del grupo familiar del deudor y dispone la suspensión por seis meses de las ejecuciones hipotecarias de viviendas adquiridas bajo la modalidad contemplada en la presente ley.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *