Oficializan el protocolo para la interrupción legal del embarazo.

La Resolución 1535/2021 del Ministerio de Salud establece el procedimiento para acceder a ese derecho regulado en la Ley 27.610, sancionada por el Congreso el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021.

El protocolo para la atención integral de personas que optan por acceder a la interrupción voluntaria y legal del embarazo quedó oficializado con la publicación de su aprobación por parte de la cartera de Salud, encabezada por Carla Vizzotti, en el Boletín Oficial.

Se trata de la Resolución 1535/2021 del ministerio que, en su artículo 1, establece el Protocolo para la Atención Integral de personas con derecho a la interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo, adecuada a la nueva normativa sancionada en diciembre último.

A su vez, la norma dispone que el protocolo se incorpora al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la atención médica.

La resolución señala en sus considerandos que, mediante la Ley Nº 27.610, se reguló el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar para contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible.

Recuerda también que la citada ley se enmarca en los derechos consagrados en distintos Tratados Internacionales, con rango constitucional, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Asimismo, se inspira en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer «Convención De Belem Do Para», la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Por otro lado, se resalta que la interrupción del embarazo es «una política de salud pública dentro del conjunto de políticas necesarias para garantizar la salud sexual y reproductiva de las niñas, adolescentes, mujeres y otras personas con capacidad de gestar y, con ella, sus derechos humanos».

La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo fue sancionada el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021.La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo fue sancionada el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021.
Además, señala «una ley que desarrolla la respuesta integral de las políticas de salud sexual y reproductiva».

La presentación formal del protocolo se realiza de manera virtual en el Ministerio de Salud, donde se espera participen funcionarias nacionales, y los detalles del protocolo los brindará la directora nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Valeria Isla.

También participarán del encuentro la ministra de Salud de Entre Ríos, Sonia Velázquez, la ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires, Estela Díaz, y Marta Alanís de Católicas por el Derecho a Decidir.

El evento coincide con el Día de Acción por la Salud de las Mujeres.

La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue sancionada por el Congreso el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021.

La norma establece el derecho al aborto en todos los casos hasta la semana catorce de gestación inclusive.

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