EL CONCEJO PIDIÓ INFORMACIÓN SOBRE PATOVICAS.

Presidenta del bloque de Frente de Todos, Norma López

En la semana en que la ciudad se desayunó con la noticia de que la Justicia resolvió absolver al prefecto acusado de matar a Maximiliano Zamudio, de 16 años, el 27 de mayo de 2015 en barrio Tablada, y que comenzará el juicio por los asesinatos de David Campos y Emanuel Medina a mano de una veintena de policía, esta tarde, se aprobó en el Concejo Municipal de Rosario un pedido de informe de la presidenta del bloque de Frente de Todos, Norma López, para conocer el estado actual de la Ordenanza Nro. 9.436, que tiene que ver con los requisitos para desempeñarse como agente de control de admisión y permanencia, más conocidos como patovicas, de público en general en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.

“Este pedido de informe es antiguo. Lo presenté el 4 de marzo del 2020, luego de la aparición sin vida del cuerpo de Carlos Orellano, el joven de 23 años que sufrió una muerte violenta el 24 de febrero de 2020, después de su desaparición del boliche “Ming”, en la Estación Fluvial. Acompañamos a su padre Edgardo Orellano, a su familia, y a toda la comunidad rosarina que denunció graves irregularidades en el boliche apuntando directamente al personal de seguridad del local bailable. Ahora en pandemia, que no hay boliches ni eventos públicos, es una pena que concejales no hayan acompañado con anterioridad este proyecto. Se aprobó varios meses después de que lo presentamos”, afirmó la edila Justicialista.

Cabe recordar que, 2015, el actual ministro de trabajo de Santa Fe, Roberto Sukerman, y la concejala peronista Norma López, presentaron una serie de modificaciones a la Ordenanza Nro. 8522, que establece la regulación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, con el objetivo y la necesidad de ampliar dicha normativa. Estas modificaciones establecieron una serie de requisitos para desempeñarse como agente de control de admisión y permanencia (ACAP): poseer dos años de residencia efectiva en el país; ser mayor de dieciocho años; haber cumplido con la educación mínima obligatoria; presentar certificado de antecedentes penales y reincidencia carcelaria; obtener el certificado de aptitud psicológica y una capacitación teórico- práctica que incluye la formación en Derechos Humanos y un registro público de titulares de empresas y trabajadores.

“A raíz del asesinato de Bocacha, notamos que no es posible el acceso al Padrón Único de Empleadores y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia. Lo que queremos saber exactamente es la cantidad de agentes de control de admisión y permanencia que cumplieron con los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 9.436, cuantos realizaron la capacitación teórico-práctica según establece la Ley Nacional N° 26.370 y, obviamente, cuantos están inscriptos en el Padrón Único de Empleadores y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia”, enfatizó López y agregó que “es imprescindible el acceso al conocimiento y la información de aquellas personas que velan por la seguridad de nuestros hijos e hijas en el interior de los distintos locales de espectáculos públicos. De esta manera, facilitamos la identificación en caso de sufrir maltratos o lesiones”.

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