Darán a conocer el veredicto por el femicidio de una mujer y el abuso sexual de su hermana.
El tribunal que lleva adelante el juicio oral a un hombre acusado de haber estrangulado a su esposa en un departamento en el barrio porteño de Vélez Sarsfield en 2019, y de haber abusado sexualmente de su cuñada, dará a conocer este jueves su veredicto, informaron fuentes judiciales.
La audiencia será a las 13 y se desarrollará de manera virtual como se desarrolló todo el debate, a través de la plataforma Zoom, donde primero el acusado Basra Parminder tendrá la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras.
Luego, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24 porteño, integrado por los jueces María Cecilia Maiza, Marcelo Roberto Alvero y María Elina Regueira Debenedetto, pronunciará su veredicto y, en caso de ser condenatorio, la sentencia.
En su alegato, el fiscal de juicio Leandro D’Asenzo pidió que el hombre de nacionalidad india sea condenado a la pena de prisión perpetua por el «homicidio agravado por el vínculo y por su comisión contra una mujer por parte de un hombre y mediando violencia de género«, en perjuicio de su mujer, María Salinas (33).
Además, le imputó «amenazas coactivas reiteradas en dos ocasiones y abuso sexual simple», en otro hecho cuya víctima fue la hermana de María, llamada Nadia, y solicitó que los hijos de la víctima puedan acceder a la reparación económica prevista en la denominada «Ley Brisa”, cuyo acceso aún no les fue garantizado.
“De los hechos, no hay ningún tipo de duda”, dijo el fiscal en relación a la materialidad del homicidio y la responsabilidad del acusado, según lo declarado por los policías que arribaron al lugar del crimen, las diversas pruebas que constan en el expediente y la propia confesión del imputado durante el juicio oral, cuando en su indagatoria declaró: «Yo maté a mi mujer, pero (el de) la violación no fui yo».
La confesión
Esa fue la primera vez que el acusado confiesa formalmente en el expediente el crimen de su esposa y madre de sus tres hijos, Salinas, ya que con anterioridad explicó que no recordaba lo que había sucedido ese día porque ingirió una considerable cantidad de píldoras de Clonazepam.
Si bien Parminder dijo que no había cometido el abuso sexual de la hermana de la víctima fatal, el fiscal también lo acusó por ese delito, presuntamente cometido en septiembre del 2019.
D’Asenzo solicitó que sean especialmente considerados estos sucesos ya que “son hechos que normalmente se dan sin testigos presenciales directos” y consideró que “los relatos de Nadia Salinas, se presentaron de modo lógico, con una elaboración estructurada, aportaron detalles, que dan muestra de plena verosimilitud”.
El fiscal destacó los resultados que surgen en el informe interdisciplinario de salud mental donde se confirmó que el imputado «estaba ubicado en tiempo y espacio» y no presentaba «ninguna alteración» psicológica.
Seguidamente, en su alegato, el abogado defensor Hugo López Carribero, no hizo mención respecto a la acusación por el homicidio de Salinas, sino que planteó la inconstitucionalidad del artículo del Código Procesal que inhabilita a los condenados por femicidio a gozar de una libertad condicional.
Respecto a las amenazas coactivas y el abuso sexual de la hermana de la víctima fatal, el letrado dijo que Parminder no puede ser condenado por esos hechos ya “no se pudo establecer de manera precisa el día” en que ocurrieron.
«Establecer el año 2017 en una franja temporal tan amplio afecta el derecho y los elementos de defensa que ha de tener este ministerio para poder responder a una acusación de manera certera», enfatizó Carribero.