LA OFICINA MUNICIPAL DEL CONSUMIDOR Y LOS PLANES DE AHORRO .

El organismo que depende del Concejo Municipal precisó que la Inspección General de Justicia (IGJ) dictó la resolución Nº 14/2020 sobre diferimiento de cuotas.
Se establece en la misma que “diferimiento significa que los descuentos realizados a los suscriptores de los contratos serán devueltos o recuperados luego”.
Tal diferimiento está dirigido a suscriptores de los contratos de planes de ahorro y adjudicatarios agrupados antes del 30 de septiembre del 2019.
Se determina que se difiere la alícuota y gastos administrativos hasta un máximo de 12 meses en las cuotas a vencer de la siguiente manera:
Primeras 4 cuotas se diferirá un 30 por ciento
Próximas 4 cuotas el diferimiento será del 20 por ciento.
Últimas 4 cuotas, será el diferimiento de un 10 por ciento.

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